Infracción de marca por nombre comercial. Caso BMW

BMW inició un proceso contra el acusado BMWCare alegando infracción de marca.  El acusado operaba en un garaje especializado en reparaciones de BMW. Utilizó BMWCare en su dirección de correo electrónico y el sitio web, el cual fue registrado como nombre de la empresa.

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Logo oficial BMW

Con el fin de desvincularse de BMW dijo que su negocio era independiente en el material de marketing y en línea. El acusado argumentó que su uso del nombre era legítimo en virtud de la legislación y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La demandante añadía que no tenía ningún problema con el acusado en referencia para BMW en el curso de su negocio, pero de una manera legalmente permitida.

El acusado se basó en el Deenik decisión (Caso C-63/97) en la que el Tribunal declaró que el propietario de una marca no puede prohibir a un tercero usar la marca para anunciar que lleva a cabo la reparación y el mantenimiento del producto en cuestión, a menos que de la impresión de una afiliación o relación entre las dos empresas inexistente.

Al examinar si los usos son legítimos y conforme a los usos honestos en materia industrial o comercial, el tribunal examinó la jurisprudencia del TJUE. El hecho de que pueda utilizarse BMW para indicar que eres especialista en ese artículo y disfrutar de los beneficios de alguna asociación con BMW no impediría necesariamente su derecho a hacerlo. Sin embargo, el tribunal consideró que el acusado fue más allá de lo necesario para indicar el destino de su servicio. Él creó un nombre comercial y marcas comerciales de otra persona.

El tribunal también dijo que no podía suponer que los consumidores fueran capaces de distinguir entre las partes cuando el nombre del sitio web y de negocios daban la impresión contraria.   Las renuncias en el sitio web eran inadecuados para disociar las dos empresas, ya que el diseño de su sitio web reforzaba la impresión de que existía una relación entre ellos y que las renuncias no se les dio un lugar destacado. El tribunal consideró que el acusado tomó ventaja injusta de las marcas de la demandante y que sus acciones fueron en detrimento de su marca. El tribunal sostuvo que las acciones de los demandantes constituía una infracción y usurpación de marcas.

Texto de juicio completo aquí.

Rocío A.M.

www.peritacionesmga.com

 

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