DEMANDAS A VOLKSWAGEN: LOS COMPRADORES DE VEHÍCULOS MANIPULADOS PUEDEN INTERPONER ACCIONES LEGALES ANTE LOS TRIBUNALES DEL ESTADO DONDE SE COMPRARON LOS VEHÍCULOS
Se llegó a un acuerdo extrajudicial entre la Federación de Organizaciones de Consumidores Alemanes (vzbv) y VW por el caso de la manipulación de los motores EA 189. La empresa pagará los clientes afectados una compensación que oscila entre 1.350 y 6.257 euros, según el tipo de vehículo y el año del modelo, y tiene previsto pagar un total estimado de 830 millones de euros.
Los consumidores que no reciban una oferta de conciliación antes del 20 de abril de 2020 o que no acepten la oferta pueden demandar sus reclamaciones individualmente hasta el 20 de octubre de 2020.
¿QUÉ FUE EL DIESELGATE?
El Dieselgate fue el caso a través del cual muchos descubrieron que muchos de sus vehículos eran más contaminantes de lo que creían y que dio pie al aluvión de demandas a Volkswagen.
Aquel que confió en el certificado de “buena conducta” medioambiental de su coche diesel, en realidad estaba comprando un coche que emitía un número bastante mayor de partículas contaminantes de las que se esperaba.
Y el problema principal de todo esto no radica en que fuera un error de fábrica, sino que era una práctica ilegal premeditada. Es decir, hacer trampas a nivel industrial.
¿CÓMO FUNCIONA EL SOFTWARE DE VW?
Las demandas a Volkswagen se realizan contra unos modelos concretos de motor (EA 189), los cuales fueron los que recibieron la modificación de software para trampear los resultados de contaminación.
El funcionamiento de este software es el siguiente:
- El software detecta las secuencias típicas de uso del automóvil, pero para pruebas, no para un uso común. Es decir, en modo automático parado y no en uso.
- Cuando el software detecta que alguien está probando el coche, modifica el comportamiento del motor rebajando su rendimiento para así contaminar menos. Es decir, reduce temporalmente (en la prueba) las emisiones tóxicas. El motor ya no se comportará como lo haría en condiciones normales, perdería potencia, pero cumpliría con el hecho de emitir menos contaminación.
- Cuando el software detecta que la secuencia de prueba ha terminado, se apaga para dejar que el motor se comporte como lo haría en un uso normal: más eficiente, pero más contaminante también.
En Alemania, las demandas a Volkswagen se tornaron en macrodemanda colectiva por la vía penal en la Corte de Apelación de Brauschweig y en la que estuvieron representados 450.000 afectados.
De ellos, 4.000 pertenecían a la Agrupación de Afectados de Volkswagen de España, los cuales vieron como sus casos fueron trasladados a la corte alemana un vez que la Audiencia Nacional consideró que la jurisdicción penal competente para juzgar la demanda agrupada que habían presentado en España era la del lugar donde se habían producido los hechos.
¿A QUIÉN LE CORRESPONDE JUZGAR?
Las demandas a Volkswagen han tenido mucho recorrido desde que se hicieran públicas las manipulaciones de los motores en 2015. Las diferentes sentencias y acuerdos extrajudiciales que se han producido últimamente se han llevado a cabo según diferentes criterios para elegir el tribunal competente.
Existen varias opiniones al respecto sobre a qué tribunal se deberían dirigir las acciones:
- Según la norma general de competencia internacional, el demandante debe entablar acciones ante los tribunales del Estado del domicilio del demandado (forum du domicile du défendeur).
- Según otras opiniones, los litigios relativos a daños, delitos o cuasidelitos, el Reglamento ofrece al demandante la posibilidad de acudir a los tribunales del lugar en que se produjo o puede producirse el hecho dañoso.
- Según la perspectiva de países de la UE, cuando el comportamiento ilícito y sus consecuencias se encuentren en Estados miembros diferentes, el demandante podrá elegir entre los dos tribunales: aquellos en los que se produjo el daño o aquellos donde se produjo el hecho causante del daño.
QUÉ HAN DICHO LOS PERITOS TÉCNICOS DE CADA PARTE
Como ejemplo de la labor de los peritos técnicos actuantes, exponemos las tesis que aportaron tras finalizar el juicio por el cual la OCU demandaba a Volkswagen España:
- Por parte de Volkswagen: según su técnica pericial, el sistema informático de los motores EA 189 no es ilegal, sino diferente al estar dividido en dos paquetes de datos, uno con las emisiones en fase de homologación y otro en fase de conducción real, haciendo así más eficiente el sistema (EFE). Además de que según el representante de al firma, los consumidores compraron diésel no tanto por su compromiso con el medio ambiente sino por la “reputación de la marca, el estilo exterior y la durabilidad”.
- Según la OCU, Volkswagen actuó en contra de la política medioambiental de ahorro y eficiencia con la que el fabricante de automóviles ganaba ventas en el mercado a costa de las de sus competidores.
CONCLUSIONES
Aún no hay nada claro en este tema debido a la diversidad de leyes existentes en esta área, pero que los juicios se celebren en una zona u otra es un hecho relevante debido a las garantías de éxito o fracaso que eso conlleva.
La posibilidad de que se puedan presentar las demandas a Volkswagen ante un juez con jurisdicción en el país donde se compró el vehículo permite la aplicación de estrategias mundiales coordinadas por parte de las asociaciones de consumidores y se incrementarán las posibilidades de éxito de muchos denunciantes.
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