¿Puede un truco de magia protegerse como propiedad intelectual?

¿Puede un truco de magia protegerse como propiedad intelectual? Esta duda me ha surgido al ver la noticia de David Copperfield, obligado a revelar un truco por una demanda que se publicó ayer en el economista.

En busca de esta respuesta encuentro un artículo de un abogado estadounidense Jacob Loshin donde tras analizar las diferentes posibilidades de protección (marca, patente, derechos de autor…) llega a la conclusión de que no es posible: 

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– Derechos de Autor: …Un truco de magia  no podría protegerse por derechos de autor, sino más bien el espectáculo en conjunto, entendido como una obra teatral o en ocasiones, hasta coreográficas, dependiendo del mago.

– Patentes:  En principio, un aparato que se invente que sirva para hacer un truco de magia podría cumplir con todos estos requisitos de patentabilidad. Entonces, aunque no se puede patentar un truco de magia en sí, sí se puede patentar el aparato que utilicemos para desarrollar ese truco, aunque con el “daño colateral” de ver nuestra magia publicada y al alcance de nuestro público o de lo que es peor, de otros magos.

Como curiosidad, la patente presentada en 1921 del truco de la persona partida en dos y la patente (utilizada por David Copperfield y todavía dentro del plazo de protección) de la levitación.

– Secreto Industrial (trade secret): quizá es la vía más idónea para proteger un truco de magia mediante un sistema legal, aunque tampoco está ausente de inconvenientes. El secreto industrial permite la protección de una tecnología o conocimiento mediante su mantenimiento en secreto, lo cual no significa que no pueda ser revelado a un reducido grupo de personas y bajo cierto control, aunque no podrá estar al alcanc

e del público en general.

El secreto industrial tiene grandes inconvenientes a la hora de proteger un truco de magia: sólo protege aquellos secretos revelados o utilizados mediante medios ilegítimos o inadecuados (un ayudante de mago que firmó una cláusula de confidencialidad y luego vende los conocimientos de su maestro, alguien graba con una cámara oculta cómo se desarrolla un truco, etc.); y no prohíbe que se desvele el secreto descubierto mediante “ingeniería inversa” (revelar el truco diseccionando el funcionamiento de un aparato o mediante el análisis del truco). Además, el mago deberá demostrar que ha tomado medidas razonables para mantener el truco en secreto, algo que puede no ocurrir cuando entre los magos es común “compartir” conocimiento y desvelarse entre ellos determinados trucos de magia, ya sea en reuniones o en revistas especializadas….

Texto extraído de la traducción de Jacob Loshin.

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